Subsecretaría de Telecomunicaciones

 
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Manual de Trámites de Autorizaciones

Este es el instrumento que ordena, precisa y transparenta la gestión de servicios de telecomunicaciones en Chile. Este manual establece las reglas para el otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones, garantizando igualdad en el acceso y fomentando el desarrollo digital del país.

A. Clasificación de Servicios de Telecomunicaciones

  1. Servicios Públicos

Destinados a satisfacer las necesidades de la comunidad en general, con capacidad de interconexión a otros servicios públicos.

    • Telefonía Fija y Transmisión de Datos: Incluye redes alámbricas y enlaces.
    • Telefonía Móvil y Acceso a Internet Móvil: Para concesionarios con red propia.
    • Acceso a Internet Fijo: Transmisión de datos exclusiva.
    • Voz sobre Internet (VoIP): Telefonía mediante protocolo IP.
    • Operador Móvil Virtual (OMV): Acceso móvil de telefonía e internet sin red propia.
    • Radiocomunicaciones Especializado: Servicios de flota o grupos cerrados de usuarios con interconexión a la red pública.
  1. Servicios Intermedios

Proveen infraestructura y transporte a terceros concesionarios o permisionarios.

    • Telefonía de Larga Distancia: Transporte de voz internacional o nacional.
    • Transportes: Enlaces para llevar señales de un punto a otro.
    • Infraestructura Física: Elementos pasivos de soporte para redes.
  1. Servicios de Radiodifusión

Transmisiones de libre recepción para el público general.

    • Radiodifusión Sonora: Emisoras FM, AM, Onda Corta y Radiodifusión Comunitaria Ciudadana (RCC).
    • Radiodifusión Televisiva (regulada por el CNTV): Televisión de libre recepción.
  1. Servicios Limitados

Sistemas privados para necesidades específicas de empresas o entidades, sin acceso a la red pública general (salvo excepciones).

    • Radiocomunicaciones: Redes privadas (ej. radiotaxis, seguridad, minería).
    • Televisión por Cable: Distribución de señales de pago.
    • Televisión Satelital: Distribución de señales vía satélite.
  1. Servicios de Radioaficionados

Para personas naturales interesadas en la experimentación técnica y la intercomunicación sin fines de lucro.

    • Categorías de Licencia: Aspirante, Novicio, General y Superior.
    • Trámites: Obtención, renovación, ascenso de categoría y reconocimiento de Radio Clubes.
  1. Servicio de Banda Local

Servicio limitado de estaciones fijas o móviles que operan en frecuencias compartidas (bandas comunitarias) y donde la autorización se asocia al equipo.

  1. Permisos de Uso Experimental y Demostrativo

Autorizaciones temporales para pruebas tecnológicas, investigación científica o demostraciones en ferias y exposiciones públicas.

 

B. Ciclo de Vida de un Trámite

El manual guía en cada etapa administrativa de un servicio:

  • Otorgamiento: Requisitos técnicos y legales para ingresar al sistema.
  • Modificación: Procedimientos para cambios de titularidad, mejoras técnicas o cambios de ubicación.
  • Extinción: Pasos para renunciar formalmente a una autorización o por vencimiento de plazos.

 

C. Uso del Espectro Radioeléctrico

Si el servicio utiliza frecuencias, se muestran las fórmulas de cálculo para el pago de derechos anuales. El costo varía según la potencia, el ancho de banda y la ubicación geográfica de las estaciones.

 

D. Canales de Atención

Para la gestión de las solicitudes de forma digital:
• Oficina de Partes Virtual: Ingreso de carpetas técnicas y legales.
• Portal de Trámites: Consultas específicas y seguimiento.
• OIRS: Resolución de dudas y reclamos.

 

E. Descarga del Manual

Descarga del Manual de Trámites de Autorizaciones de Servicios de Telecomunicaciones de la División Concesiones sancionado por la Res. Ex. N°330 del 05/02/2026:

 

F. Información Complementaria al Manual

  • Formularios de Solicitudes de Autorización de Servicios Públicos
    • Colocalización de antenas y sistemas radiantes de bandas adjudicadas por concurso público. Versión 26/12/2025 (Descargar: word – pdf).
    • Adosamiento de antenas y sistemas radiantes de bandas adjudicadas por concurso público. Versión 26/12/2025 (Descargar: word – pdf).
    • Radioenlaces punto a punto canalizados. Versión 26/12/2025 (Descargar: word – pdf).
    • Sistema de telecomunicaciones de bandas adjudicadas por concurso público a instalar en nuevas infraestructuras. Versión 26/12/2025 (Descargar: word – pdf).

 

  • Formularios de Solicitudes de Autorización de Servicios Intermedios
    • Instalaciones de torres nuevas. Versión 26/12/2025 (Descargar: word – pdf).

 

  • Zonas Rurales

La Subsecretaria de Telecomunicaciones tiene la misión de controlar y supervigilar el correcto funcionamiento de los servicios públicos de telecomunicaciones y la protección de los derechos de los usuarios. Dentro de los servicios públicos de telecomunicaciones el de mayor crecimiento sostenido y penetración ha sido el mercado de telefonía móvil. Es por esto que se advierte la necesidad de contar con una norma de calidad de servicio para la telefonía móvil: Resolución Exenta 6260, del 12/11/2010, publicado en el Diario Oficial el 26/11/2010.

En el Artículo 7 de dicha Resolución Exenta, se indica que la Subsecretaría de Telecomunicaciones identificará y publicará las zonas del país que se consideren rurales, solo para la aplicación de la presente norma de calidad. Los mapas georeferenciados que contienen las zonas rurales son las siguientes:

 

 

  • Formularios Modificación de Concesión de Radiodifusión Sonora Carácter Técnico

 

  • Formularios Modificación de Concesión de Radiodifusión Sonora Carácter Legal

 

 

  • Criterios de aceptación de las Solicitudes de Modificación que dicen relación a cambio de ubicación de la planta transmisora y modificación de las características técnicas del sistema radiante y planillas de cálculo de zona de servicio

a) Concesión de Amplitud Modulada (AM).

La aceptación del cambio de ubicación estará sujeta a la aplicación del procedimiento establecido en el artículo 4º de las Actas Finales de la Conferencia Administrativa Regional de Radiocomunicaciones, Río de Janeiro 1981, que se traduce en el siguiente criterio: La distancia de desplazamiento de la planta transmisora no debe de ser mayor al 5 % de la distancia más próxima entre ésta y el límite de un país limítrofe, sin exceder los 10 km.

Para el cálculo de la zona de servicio se podrá utilizar la planilla de cálculo Planilla de Cálculo AM modificaciones (descargar archivo)

Además, se pone a disposición mapa de conductividad georreferenciado, que se puede utilizar para la obtención de las distancias por tramo de conductividad Mapa de Conductividad AM (descargar archivo KMZ)

En la siguiente guía se dan indicaciones para el uso de los archivos anteriores y el cálculo de la zona de servicio Guía rápida AM (descargar archivo)

b) Concesión de Frecuencia Modulada (FM) y Radiodifusión Comunitaria Ciudadana (RCC).

El cálculo de la zona de servicio se realizará de acuerdo al procedimiento establecido en la Norma Técnica de Radiodifusión Sonora, Resolución Exenta N° 479 de 1999 (Recomendación UIT-R P.1546-4, complementada por la Recomendación UIT-R P.1812-1), la que establece, además, los siguientes criterios de aceptación de las solicitudes de modificación de ubicación de planta transmisora y/o de las características técnicas del sistema radiante:

1. El nuevo emplazamiento de la planta transmisora debe estar siempre al interior de la zona de servicio definida con los parámetros establecidos en el decreto que otorgó la concesión.

2. La zona de servicio propuesta debe cubrir a lo menos el 70% de la zona de servicio definida en el decreto que otorgó la concesión, para estos fines excluido el mar, y podrá aumentar en caso de ser técnicamente factible, como máximo un 30%, por cada radial empleado para determinar la zona de servicio.

3. Las solicitudes de modificación de concesiones de RCC deben de cumplir adicionalmente las siguientes condiciones:

a. Las concesiones de RCC otorgadas por concurso público, la zona de servicio propuesta no deberá exceder el límite comunal de la comuna o agrupación de comunas por las cuales se otorgó la concesión.

b. Las concesiones de RCC otorgadas a través del proceso de acogerse de la Ley N° 20.433, de carácter funcional, y las que no requieran el certificado señalado en el artículo 7° de la Ley N° 20.433, no les he aplicable la restricción señalada en la letra a., anterior.

c. En las concesiones de RCC, la potencia máxima radiada autorizada es de 25 W y mínima de 1 W, en cuanto a elementos de la esencia de la concesión, pudiendo solicitarse modificar la potencia en el transmisor, lo que quedará sujeto a factibilidad técnica, siendo objeto de revisión en la solicitud de modificación, la optimización de las características técnicas de las instalaciones, como son la potencia de transmisión, ganancia y pérdidas.

En las solicitudes de modificación de concesión por cambio de potencia en el transmisor, no le es aplicable la restricción del punto 2. de aumento máximo de la zona de servicio en 30 %.

Consideraciones:

Para aquellas concesiones FM otorgadas hasta el 05.09.2011, se podrá utilizar según conveniencia, el cálculo de la zona de servicio definida en el decreto que otorgó la concesión, obtenido con el método de predicción de zona de servicio UIT-R P.370 o el establecido en la Norma Técnica de Radiodifusión Sonora, Resolución Exenta N° 479 de 1999 (Recomendación UIT-R P.1546-4, complementada por la Recomendación UIT-R P.1812-1).

Aclaración (Publicada el 24.05.2016)

En caso de utilizar como zona de servicio original la obtenido con el método de predicción de zona de servicio UIT-R P.370, se considerará a ésta como la zona de servicio máxima, esto es, sin el aumento del 30 % por cada radial.

Procedimiento:

Se debe seguir el siguiente procedimiento para los cálculos que se deban realizar en una solicitud de modificación de concesión de radiodifusión sonora FM o RCC de carácter técnico:

      1. Solicitud de cotas.
      2. Importar cotas de zona de servicio máxima.<“Importar Cotas”>
      3. Calcular la zona de servicio máxima con los datos originales de la concesión. <“Ingresar Datos”><“Calcular Zonas”>
      4. Copiar el resultado como Zona de Servicio Máxima. <“Copiar a Zs Máx”>
      5. En caso de que la modificación cambie la ubicación de la PTx importar las cotas de la nueva concesión. <“Importar Cotas”>
      6. Realizar un nuevo cálculo con los datos de la modificación y luego dibujar zona propuesta. <“Ingresar Datos”><“Calcular Zonas”><“Dibujar Zonas”>
      7. Sólo FM, seleccionar en cuadro desplegable <Recomendación zona máxima>, la zona de servicio original según recomendación conveniente.
      8. La zona punteada alrededor de la zona máxima indica el contorno máximo que no puede sobrepasar el 30% de aumento por cada radial.
      9. Exportar el resultado a un archivo KML. <“Exportar KML”>
      10. Comparar las áreas y verificar la cobertura del 70% del área máxima.

Los textos en negrilla se refieren a comandos en el programa de cálculo “Métodos de Predicción Zona de Servicio FM Modificaciones” y “Métodos de Predicción Zona de Servicio RCC Modificaciones”

Solicitud de Cotas

Solicitar a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, las cotas de la(s) ubicación(es) deseada(s), enviando al correo electrónico solicitudcotasrd@subtel.cl las coordenadas geográficas de dicha(s) ubicación(es) en Datum WGS84, con un máximo de tres por correo electrónico, para ello se debe emplear el formulario de solicitud de cotas dispuesto. La Subsecretaría remitirá devuelta un correo electrónico con uno o más archivos con las cotas, uno por cada coordenada geográfica, en un plazo de 3 días.

Cálculo Zona de Servicio

Para el cálculo se deberá utilizar el programa de cálculo de zona de servicio que la Subsecretaría ha puesto a disposición de los interesados denominado Métodos de Predicción Zona de Servicio FM Modificaciones, para el caso de FM (descargar archivo), y Métodos de Predicción Zona de Servicio RCC Modificaciones, para el caso de RCC (descargar archivo), ambos actualizados al 11 de septiembre de 2020.