Subsecretaría de Telecomunicaciones

 
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4 de Enero de 2007
SUBTEL CREA SISTEMA EN LÍNEA PARA RECIBIR INFORMACIÓN DE COMPAÑÍAS DE TELECOMUNICACIONES

La Subsecretaría de Telecomunicaciones ha implementado una herramienta que permite agilizar y automatizar la transferencia de información con las empresas de telecomunicaciones. (8 de marzo de 2006)

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52 kbEl denominado Sistema de Transferencia de Información, STI, permite el envío de cantidades masivas de información, facilitando la labor de la Subtel y contribuyendo a modernizar sus procedimientos.


El STI utiliza herramientas de seguridad avanzadas que permiten la privacidad y el resguardo de la información confiada por las compañías. El envío de información por parte de las concesionarias, será requerido en forma mensual y, en otros casos, trimestralmente. El detalle de los requerimientos de envíos, como por ejemplo formatos de archivos, tipos de datos o periodicidad, se encuentran disponibles en los documentos de apoyo publicados en http://sti.subtel.cl/.


Los procesos actuales en curso en el Sistema de Transferencia de Información, STI, son: Estadísticas Compañías Locales, Estadísticas de Compañías Móviles, Estadísticas de Portadores Larga Distancia, Estadísticas de Proveedores de Acceso a Internet, Estadísticas de Operadores de Servicios Limitados de Televisión, Indice SAR Telefonía Móvil, Mediciones de Densidad de Potencia de Antenas, Telefonía Móvil, Indice de Calidad de Telefonía Pública Rural, Solicitudes de Instalación de Medidores de Consumo Telefónico, Administración de Numeración Móvil.


La Resolución Exenta Nº 159 que crea el Sistema de Transferencia de Información (STI), fue publicada en el Diario Oficial el 3 de marzo del presente año y establece las condiciones que deben considerarse respecto a la información que tienen que entregar las compañías a la Subsecretaría, junto con el plazo en el que los prestadores de servicios de telecomunicaciones deben registrarse en el STI. Dicho plazo es de 10 días contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Resolución anteriormente mencionada.


Santiago, 8 de marzo de 2006.-