Subsecretaría de Telecomunicaciones

 
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14 de Marzo de 2008
GOBIERNO INGRESA INDICACIONES A LEY DE ANTENAS CELULARES PARA AUMENTAR EXIGENCIAS A EMPRESAS Y PROTECCIÓN A VECINOS

Nuevas obligaciones legales buscan mitigar el impacto urbanístico de la instalación de torres de telecomunicaciones y extienden el control ciudadano.

Las torres que se instalen en espacios privados deberán tener no sólo la autorización del propietario del terreno respectivo, sino también la venia de los vecinos colindantes a él.

También se propone crear un sistema de información en Internet con el detalle de las antenas instaladas y en trámite en todo el país, con su ubicación geográfica y niveles de radiación.

Cumpliendo el compromiso asumido con vecinos, alcaldes y agrupaciones sociales, el Gobierno ingresó a trámite legislativo las indicaciones al proyecto de ley que regula la instalación de antenas celulares y sus torres soporte, presentado el año 2007, buscando mejorar la iniciativa original, tras recoger distintas inquietudes ciudadanas.

Esta Ley persigue como objetivo fundamental hacer frente al impacto urbanístico que produce la instalación de antenas de servicios de telecomunicaciones y la protección de las personas en un contexto de aumento de emisiones radioeléctricas asociadas a las telecomunicaciones.

Las nuevas obligaciones legales incorporadas buscan mitigar el impacto en la ciudad, aumentando las exigencias para las empresas y extendiendo el control ciudadano.

Por ejemplo, se busca que los concesionarios privilegien como lugares de emplazamiento de torres los espacios de uso público o bien aquellos terrenos susceptibles de mantener una distancia mínima con sus vecinos. De no ser así, se propone que la empresa obtenga no sólo la autorización del propietario del terreno respectivo, sino también la autorización de los vecinos colindantes a él.

Asimismo, se exige como condición previa a la autorización de instalación de cualquier antena de telecomunicaciones, un informe técnico que indique los niveles de campo electromagnético en áreas cercanas a la antena propuesta.

Se propone crear un sistema de información a los ciudadanos, mediante la configuración de un portal en Internet, que comprenderá el detalle de las antenas instaladas en el país, con su respectivo posicionamiento geográfico, los niveles de radiación de las antenas instaladas y las antenas que están en trámite de autorización, todo ello a fin de que la ciudadanía pueda ejercer los derechos que la ley le confiere.

Finalmente, se incentiva a las empresas para el uso compartido de las torres soportes de antenas de telecomunicaciones.

La iniciativa en actual primer trámite constitucional en la Cámara, reemplaza también el actual aviso a la Dirección de Obras Municipales respectiva, como requisito previo para la instalación de antenas, por una autorización previa de dicha repartición municipal.

Asimismo, otorga a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, la potestad para declarar una determinada zona geográfica como zona saturada de sistemas radiantes de telecomunicaciones, cuando la densidad de potencia por metro cuadrado exceda los límites que determine la normativa técnica dictada al efecto por la misma Subsecretaría de Telecomunicaciones, basada en parámetros y recomendaciones internacionales.

NUEVA NORMA DE EMISIONES

El Gobierno, basándose en el principio preventivo recomendado por la Organización Mundial de la Salud, OMS, y hasta que existan estudios científicos concluyentes sobre las consecuencias para la salud pública de las emisiones electromagnéticas, ha resuelto perfeccionar la norma vigente de emisiones no ionizantes para todos los concesionarios de telecomunicaciones.

Dicha normativa señalará, particularmente respecto de la telefonía móvil, que las emisiones de las antenas deberán reducir su límite máximo de potencia desde 435 a 100 microWatts/cm2, medido en los puntos a los cuales tengan libre acceso las personas en general.

Ahora, para aquellos emplazamientos donde se concentran jardines infantiles, establecimientos educacionales y hospitales, el nivel máximo será de 10 microWatts/cm2. Esto transformará a Chile en uno de los cinco países con estándares más exigentes a nivel mundial en esta materia.

 

Densidad uW/cm2
(@ 870 MHz)

Densidad uW/cm2
(@ 1900 MHz)

Australia 200

200 
Belgica

108,8 237,5 
Brasil *

435  950 
Canadá

580  1000 
Chile

435 (100 valor nuevo) 435 (100 valor nuevo) 
España * 435 950
Italia 16 16
Japón 580 1000
Korea * 435 950 
Nueva Zelanda

200

200

Perú *

435

950

Polonia

10

10

Sudafrica *

435

950

Suiza

4

4

Taiwan *

435

950

Turkia *

435

950

USA

580

1000

* Valores de ICNIRP (INTERNATIONAL COMMISSION ON NON-IONIZING RADATION PROTECTION)

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Santiago, 10 de abril de 2008.-