Subsecretaría de Telecomunicaciones

 
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24 de Diciembre de 2011
Gobierno considera muy positivo fallo de Corte Suprema en telefonía móvil

El Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Pedro Pablo Errázuriz, expresó su satisfacción por el fallo de la Corte Suprema que multó a las empresas Entel, Movistar y Claro, “ya que este dictamen judicial ratifica que las reformas legales y normativas que hemos hecho en la industria de telecomunicaciones van en la dirección correcta. Durante el 2012 vamos a tener mínimo seis empresas móviles para elegir, el doble que ahora, y portabilidad numérica como derecho para cambiarnos libremente”.

Como una señal relevante para una mayor transparencia y competencia en el mercado, calificó el Gobierno el reciente dictamen judicial de la Corte Suprema en la industria móvil.

“Este fallo va en línea con la política de la SUBTEL de eliminar trabas a la competencia. Ahora se demuestra que teníamos razón al garantizar en las nuevas normativas y concursos, la entrada de más operadores virtuales que usen las redes celulares actuales para dar servicio”, resaltó el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Pedro Pablo Errázuriz.

El Secretario de Estado, afirmó que este dictamen judicial “ratifica que las reformas legales y normativas que hemos hecho en la industria de telecomunicaciones van en la dirección correcta. Durante el 2012 vamos a tener mínimo seis empresas móviles para elegir, el doble que ahora, y portabilidad numérica como derecho para cambiarnos libremente”.

“Compartir infraestructura es bueno para Chile, por eso las leyes que aprobamos e implementamos como Gobierno en estos 21 meses, han consagrado y defendido siempre ese principio de libertad y competencia”, enfatizó Errázuriz.

La Fiscalía Nacional Económica (FNE), a raíz de denuncia efectuada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones el 26.08.2006, presentó un requerimiento por infracción de la normativa de competencia ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en contra de Telefónica Móviles de Chile SA, Entel PCS SA y Claro Chile SA, por impedir, restringir y entorpecer la competencia en el mercado de la telefonía móvil, creando barreras artificiales de entrada a los operadores móviles virtuales, que usan medios de terceros (OMV), consistentes en:

1.    el ejercicio abusivo del derecho a oponerse injustificadamente al otorgamiento de concesiones de servicio público telefónico móvil a través de sistemas de terceros.

2.    la negativa injustificada por parte de las requeridas a una oferta de facilidades y/o reventa de planes a estos OMV.

El TDLC rechazó el requerimiento de la Fiscalía en contra de las citadas compañías móviles. Ante ello, la causa fue apelada por la FNE a la Corte Suprema y ayer el máximo tribunal acogió la reclamación, condenando a Telefónica, Entel y Claro a pagar una multa de 3.000 UTM cada una.

También se ordena a las empresas a presentar una oferta de facilidades y/o reventa de planes para OMV, en base a criterios generales, uniformes, objetivos y no discriminatorios en el plazo de 90 días.

El Ministro Errázuriz destacó que se ha confirmado con esta resolución un nuevo triunfo para los consumidores, que se suma a la ley de portabilidad numérica, de neutralidad de Internet, y de Reconstrucción con su modelo industrial que separa la infraestructura de los servicios para mayor competencia.

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Santiago, 24 de diciembre de 2011.-