Subsecretaría de Telecomunicaciones

 
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2 de Enero de 2007
Discapacidad y TICS

La Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el marco de la aplicación y desarrollo de las políticas de acceso universal a las tecnologías de telecomunicaciones y de información para todos los sectores de la población, ha prestado especial atención a las personas discapacitadas.

Considerando que el acceso igualitario impone que, todos los habitantes de nuestro país puedan acceder a algún tipo de terminal de telecomunicaciones, que le ofrezca interconectividad y niveles crecientes de interactividad, con una oferta de servicios, con independencia de las limitaciones físicas, auditivas o visuales que les aquejen, a un precio razonable y en condiciones técnicas idóneas, Subtel dictó la Resolución Exenta Nº 316 del 10 de marzo del año 2000, que fija la norma técnica relativa a la prestación del servicio público telefónico, perstado a discapacitados, a través de teléfonos públicos.

Los objetivos de esta normativa son:

  1. Contribuir a la integración social de las personas con discapacidad, garantizando el acceso de éstas a los servicios de telefonía pública, en igualdad de condiciones que el resto de la población, atendiendo a sus propias necesidades derivadas de la discapacidad.
  2. Establecer el marco normativo técnico que permita que cualquier persona pueda comunicarse con otra, a través de teléfonos públicos, con independencia de sus condiciones de capacidad física, auditiva o visual.
  3. Garantizar las condiciones técnicas que permitan la igualdad de acceso a los sistemas de telecomunicaciones, a través del uso eficiente de los medios existentes y la integración de aquellos que sean necesarios para tal efecto.
  4. Disponer el marco normativo técnico básico al que deberán ceñirse las concesionarias de servicios de telecomunicaciones, en la provisión del servicio telefónico a personas discapacitadas, prestado a través de teléfonos públicos.

En el caso del acceso a las tecnologías de la información a través de los telecentros comunitarios o infocentros, en las bases para los concursos con que se adjudican éstos, se han entregado instrucciones para que consideren en su diseño e implementación, las medidas tendientes a garantizar el acceso a personas con discapacidad física de diversa índole.

La puesta en práctica de estas instrucciones, se ha ido materializando en el tiempo, con el fin de que todos y cada uno de los miembros de la sociedad, que requieran este tipo de servicios, puedan acceder a ellos sin dificultades.