Subsecretaría de Telecomunicaciones

 
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27 de Septiembre de 2010
Derechos del Usuario en materia de Telecomunicaciones

Reclamar ante las empresas de telecomunicaciones si tiene alguna disconformidad con el servicio o con su cobro. Para ello tiene 20 días hábiles desde que se da cuenta del problema o desde la fecha en que vence su cuenta.

Presentar su reclamo llamando al 105, de manera personal en las oficinas de las empresas o a través de otros medios que éstas hayan habilitado (web, email, fax o correo postal). En cualquier caso, debe exigir un número de registro o constancia del reclamo. Guárdelo en caso de no quedar conforme con la respuesta, como antecedente para la SUBTEL.

Pagar sólo parte de la cuenta cuando dude o no esté de acuerdo con algún monto de ésta, permitiéndole pagar el saldo no impugnado.

Que le respondan su reclamo en un plazo máximo de 15 días hábiles por correo electrónico ó 20 días hábiles por correo postal. Si no recibe respuesta por parte de la empresa y el reclamo no ha sido solucionado, debe insistir en la SUBTEL o en la oficina regional respectiva, dentro de los 10 días hábiles siguientes.

Que las compañías de telecomunicaciones le atiendan en los horarios y canales habituales de atención con el objeto de presentar sus reclamos.

Que le informen. La compañía de telecomunicaciones debe informar el estado de tramitación del reclamo, cada vez que Usted lo requiera. También debe informarle los resultados de su reclamo, las razones de determinada decisión y si corresponde, el plazo en el cual su problema será resuelto. Si su reclamo es rechazado, deberá indicarle que tiene derecho a insistir ante Subtel.

Exigir una rebaja al cargo fijo mensual si el servicio telefónico se interrumpe por más de 12 horas sin justificación. Si el corte se prolonga por más de 3 días consecutivos, tendrá además derecho a recibir una indemnización equivalente al triple del valor del cargo fijo diario por cada día de interrupción.

Cortar cuando quiera. Puede solicitar el término de su contrato de servicio telefónico fijo o móvil, mediante un aviso por escrito a su compañía.

Al contratar el servicio telefónico, Mantener Bloqueados los servicios de larga distancia, llamadas a móviles y a servicios complementarios (700 y otros). Si habilita dichos acceso al contratar, podrá posteriormente bloquearlos a su costo.

Que no le cobren montos reclamados hasta que Subtel complete la investigación y resuelva el reclamo.

Exija que estos derechos se respeten.