Subsecretaría de Telecomunicaciones

 
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7 de Abril de 2015
Spam

Si una persona recibe llamados de amenaza ¿Qué procedimiento debe seguir?

En caso de que el usuario reciba llamadas de amenaza o sospeche que está siendo víctima de espionaje telefónico con participación de empresas que otorgan servicio público telefónico, debe dirigirse a los Tribunales Ordinarios de Justicia, para que le orienten al respecto.

Si a pesar de tener contratado un teléfono fijo con número privado un usuario recibe llamadas de publicidad ¿Qué debe hacer?

Si el usuario ha contratado un teléfono con número privado, es decir, con el servicio de No Publicar No Informar (NPNI) el que consiste en que la compañía de telefonía local no puede entregar información sobre su número, no puede publicarlo en la guía telefónica ni tampoco informar a otras compañías locales, y a pesar de ello recibe llamados de publicidad, tiene el derecho de presentar un reclamo ante la compañía telefónica por entregar la información.

Si una persona recibe llamadas telefónicas no deseadas que corresponden a publicidad ¿Qué procedimiento debe seguir?

En primer lugar, se debe distinguir sí se trata de un teléfono fijo o un teléfono móvil, el tratamiento de la situación es distinto dependiendo de la modalidad.
En el caso de tratarse de un teléfono fijo la normativa establece que los números y datos del suscriptor son públicos a nivel de guía telefónica, nivel de plataforma de informaciones, respecto de otras compañías telefónicas y de los carriers, salvo que se hayan contratado los servicios de No Publicar No Informar (NPNI). Sin embargo, el usuario tiene el derecho a pedir que las llamadas sean suspendidas, de acuerdo con lo señalado en la Ley N 19.496 sobre Protección a los derechos del consumidor.
En caso de tratarse de un teléfono móvil, la normativa de telecomunicaciones no señala nada respecto de la obligación de publicar el número de sus clientes, por lo que el número de celular y los datos del suscriptor no pueden ser traspasados a otras compañías, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 19.628 sobre Protección de la vida privada.

¿Cuál es la Ley encargada de sancionar el uso de Spam?

En Chile la Ley Nº 19.496 sobre Protección a los derechos del consumidor es la que sanciona esta práctica comercial, ya que se considera que vulnera el derecho a la libre elección del consumidor, en especial, su derecho a la privacidad. Por lo que los usuarios tienen todo el derecho a exigir que se les remueva de las líneas de destinatarios.

En el servicio de correo electrónico ¿Qué consecuencias trae el Spam?

Dentro de las principales consecuencias que trae este tipo de mensajes están las siguientes: dependiendo de su cantidad los Spam pueden legar a saturar una casilla de correo electrónico, traspasar virus, hacer que el usuario pierda tiempo borrando este tipo de mensajes de su casilla y en algunos casos además aumenta los costos de Internet.

¿Qué es el Spam?

El Spam corresponde a mensajes no solicitados enviados en forma masiva, que generalmente son de tipo comercial o publicitario y que pueden llegar por diferentes vías, tales como: correo electrónico, correo postal, celulares, teléfono fijo, fax, etc. Los más comunes son aquellos enviados por Internet.

 

¿Qué es el Spam?

El Spam corresponde a mensajes no solicitados enviados en forma masiva, que generalmente son de tipo comercial o publicitario y que pueden llegar por diferentes vías, tales como: correo electrónico, correo postal, celulares, teléfono fijo, fax, etc. Los más comunes son aquellos enviados por Internet.

En el servicio de correo electrónico ¿Qué consecuencias trae el Spam?

Dentro de las principales consecuencias que trae este tipo de mensajes están las siguientes: dependiendo de su cantidad los Spam pueden legar a saturar una casilla de correo electrónico, traspasar virus, hacer que el usuario pierda tiempo borrando este tipo de mensajes de su casilla y en algunos casos además aumenta los costos de Internet.

¿Cuál es la Ley encargada de sancionar el uso de Spam?

En Chile la Ley Nº 19.496 sobre Protección a los derechos del consumidor es la que sanciona esta práctica comercial, ya que se considera que vulnera el derecho a la libre elección del consumidor, en especial, su derecho a la privacidad. Por lo que los usuarios tienen todo el derecho a exigir que se les remueva de las líneas de destinatarios.

Si una persona recibe llamadas telefónicas no deseadas que corresponden a publicidad ¿Qué procedimiento debe seguir?

En primer lugar, se debe distinguir sí se trata de un teléfono fijo o un teléfono móvil, el tratamiento de la situación es distinto dependiendo de la modalidad.

En el caso de tratarse de un teléfono fijo la normativa establece que los números y datos del suscriptor son públicos a nivel de guía telefónica, nivel de plataforma de informaciones, respecto de otras compañías telefónicas y de los carriers, salvo que se hayan contratado los servicios de No Publicar No Informar (NPNI). Sin embargo, el usuario tiene el derecho a pedir que las llamadas sean suspendidas, de acuerdo con lo señalado en la Ley N 19.496 sobre Protección a los derechos del consumidor

En caso de tratarse de un teléfono móvil, la normativa de telecomunicaciones no señala nada respecto de la obligación de publicar el número de sus clientes, por lo que el número de celular y los datos del suscriptor no pueden ser traspasados a otras compañías, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 19.628 sobre Protección de la vida privada.

Si a pesar de tener contratado un teléfono fijo con número privado un usuario recibe llamadas de publicidad ¿Qué debe hacer?

Si el usuario ha contratado un teléfono con número privado, es decir, con el servicio de No Publicar No Informar (NPNI) el que consiste en que la compañía de telefonía local no puede entregar información sobre su número, no puede publicarlo en la guía telefónica ni tampoco informar a otras compañías locales, y a pesar de ello recibe llamados de publicidad, tiene el derecho de presentar un reclamo ante la compañía telefónica por entregar la información.

Si una persona recibe llamados de amenaza ¿Qué procedimiento debe seguir?

En caso de que el usuario reciba llamadas de amenaza o sospeche que está siendo víctima de espionaje telefónico con participación de empresas que otorgan servicio público telefónico, debe dirigirse a los Tribunales Ordinarios de Justicia, para que le orienten al respecto.